sábado. 20.04.2024

La ELA reclamaba al Consistorio una deuda de más de 240.000 euros

 El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Jerez de la Frontera ha desestimado el recurso interpuesto por la Entidad Local Autónoma de Torrecera contra el Ayuntamiento de Jerez por la posible falta de pago y el ingreso tardío de cantidades correspondientes a los ejercicios 2009 y 2013.

La sentencia, dictada por el magistrado Antonio Cortés Capote con fecha 28 de julio de 2014, desestima en su totalidad el recurso interpuesto por Torrecera ya que entiende que la demanda se concreta en “la pretendida inactividad del Ayuntamiento de Jerez” a un requerimiento efectuado por la ELA el 18 de septiembre de 2012. Este requerimiento fue emitido por la entidad por unas posibles deudas que Torrecera cifra en 246.974,91 euros por la “realización extemporánea de los ingresos mensuales de los ejercicios 2009 a 2013” así como los intereses generados por esos retrasos.

El Juzgado entiende que las posibles deudas con fecha de dos meses anteriores al requerimiento del 18 de septiembre de 2012 no son objeto del pleito interpuesto por Torrecera. Y respecto a las deudas posteriores a esa fecha, la sentencia recoge que el Ayuntamiento ha aportado certificado de la Intervención y la Tesorería municipal en la que se evidencia que no “existe cantidad pendiente de pago a la recurrente correspondiente al año 2012”.

El fallo del magistrado recoge, por tanto, la desestimación en su integridad del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Torrecera así como impone a la ELA el pago de las costas.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo desestima el recurso interpuesto por...