martes. 23.04.2024

“La Junta no puede excluir a los desempleados jerezanos porque sería inconstitucional”

Los populares jerezanos trasladan a Mamen Sánchez y a Susana Díaz un informe jurídico que contradice a Laura Álvarez

  • Menacho anuncia que utilizarán todos los mecanismos políticos y jurídicos para defender a los desempleados jerezano “ante las mentiras y la ineptitud política del PSOE” y les avanza que “tienen la obligación de presentar la solicitud si no quieren incurrir en una clara inactividad prestacional”.

  • La Ley 2/215 de la Junta de Andalucía impone en su artículo 5.2 criterios de solvencia económica y deuda con las administraciones que nada tienen que ver con los procedimientos laborales seguidos en el Ayuntamiento de Jerez.

El Partido Popular de Jerez ha registrado en el Ayuntamiento de Jerez y del que darán traslado a la Presidenta de la Junta de Andalucía, un informe jurídico en el que demuestran que las acusaciones vertidas por Laura Álvarez Cabrera "son contrarias a la verdad". En el citado informe los populares analizan de forma exhaustiva la Ley 2/2015, de 29 de diciembre, de medidas para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo, y acreditan que “con independencia del claro carácter injurioso de las declaraciones de la Sra. Laura Álvarez Cabrera y la falta a la verdad, sus afirmaciones IMPLICARÍAN CONSIDERAR CONTRARIA AL ORDEN CONSTITUCIONAL LA LEY 2/2015 PROMULGADA POR EL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA, AL ASEVERAR QUE LOS CIUDADANOS DE JEREZ DE LA FRONTERA NO PODRÁN ACOGERSE A LAS MEDIDAS DE FOMENTO DE EMPLEO RECOGIDAS EN LA LEY 2/2015”.pp jerez 1

Igualmente, los populares jerezanos ponen de manifiesto en el informe jurídico que la Delegada “realizó unas declaraciones con claro desprecio a la verdad y con ánimo de lesionar la dignidad de las personas que conformaron el gobierno del Partido Popular de Jerez en la legislatura 2011-2015, menoscabando su fama. La Sra. Laura Álvarez Cabrera ha faltado a la verdad y ha obviado que conforme a la interpretación estricta de la Ley, el Ayuntamiento incumpliría los condicionantes establecidos en el punto 5.2. de la misma y que se refieren a la solvencia económica y de estar al corriente con las administraciones publicas y la devolución de subvenciones, no teniendo nada que ver estos criterios con los procedimientos laborales seguidos por el Ayuntamiento de Jerez. Igualmente ha faltado a la verdad al decir que Jerez no se podía beneficiar de las ayudas, ya que sólo uno de los nueve programas recae en el Ayuntamiento de Jerez como beneficiario.

Pero los populares jerezanos no se quedan ahí y ahondan en los argumentos que justifican que Jerez y los jerezanos no pueden ser excluidos ni siquiera del programa en el que el Ayuntamiento actúa como beneficiario y especifican que este trabajo de análisis jurídico debería haberlo realizado el gobierno del PSOE en Jerez que es quien gobierna actualmente, y afirman que  “el PP está haciendo desde la oposición lo que el PSOE no hace desde el Gobierno”.

“El PP está haciendo desde la oposición lo que el PSOE no hace desde el Gobierno”

En el informe jurídico presentado, los populares indican que “AL SER UN AYUNTAMIENTO UNA ENTIDAD ÚNICA Y SINGULAR EN CADA MUNICIPIO LA EXCLUSIÓN DE LOS MISMOS COMO BENEFICIARIOS APARENTES IMPLICARÍA AUTOMÁTICAMENTE, PARA EL PROGRAMA CONCRETO, LA EXCLUSIÓN Y POR TANTO LA DISCRIMINACIÓN INDIRECTA DE LOS CIUDADANOS CON RESIDENCIA EN EL CITADO MUNICIPIO, UN SUPUESTO CLARAMENTE CONTRARIO AL ORDEN CONSTITUCIONAL Y QUE VULNERARÍA CON CARÁCTER ESPECÍFICO LOS ARTÍCULOS 14, 103 y 138 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA”.

Y esta afirmación, además del análisis de constitucionalidad y jurisprudencia al respecto, tiene antecedentes legales en la propia normativa de la Junta de Andalucía. “Sin ir más lejos, indican los populares, la propia Junta de Andalucía en el reciente Decreto-Ley 9/2014, de 15 de julio, por el que se aprueba el Programa emple@30+ exime a los Ayuntamientos del cumplimiento de exigencias legales que pudieran impedir su concurrencia a la convocatoria”.

Específicamente en el punto II de la Exposición de Motivos del Decreto- Ley 9/2014 de 15 de julio el legislador el legislador autonómico contempla:

Por estos motivos, en razón del interés social de los incentivos, y con la finalidad de impedir que sean las personas desempleadas las verdaderamente perjudicadas por la situación económica de las entidades beneficiarias de la Iniciativa cooperación Social y comunitaria para el impulso del empleo 30+ del presente Decreto-ley, estas entidades serán exceptuadas del cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía, previsto en el en el artículo 116.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo”.pp jerez 2

Esta argumentación del Partido Popular de Jerez “permite entender que se dan las circunstancias para que el Ayuntamiento de Jerez pueda presentar solicitud a uno de los programas contenidos en la Ley 2/2015, ya que el Ayuntamiento actúa como mero intermediario de unas ayudas donde los claros beneficiarios son los desempleados jerezanos y la exclusión de los mismos supondría una clara discriminación por el lugar de residencia  que sería inconstitucional”.

Por último, Lidia Menacho anuncia que desde el Partido Popular de Jerez “vamos a hacer uso de todos los mecanismos políticos y jurídicos para defender a los jerezanos antes las mentiras y la de la ineptitud política del PSOE” y avanza que trasladarán una iniciativa por urgencia al Pleno Municipal para que el Gobierno de Mamen Sánchez presente solicitud a dichos programas porque de no hacerlo, fundamentan los populares, se estaría incurriendo en una clara “inactividad prestacional” con las consecuencias sociales y jurídicas que se deriven del mismo. Así mismo también trasladarán al Parlamento andaluz una iniciativa para que el Gobierno autonómico aclaré, tal y como hizo en la anterior convocatoria, que los Ayuntamientos están exentos de cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Ley 2/2015 así como los contenidos en el artículo 13.2 de Ley 38/2003.

Para finalizar, solicitan que la Sra. Laura Álvarez Cabrera, atendiendo al derecho de rectificación, la rectificación de las declaraciones injuriosas realizadas en relación al gobierno del Partido Popular.

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