viernes. 29.03.2024

El Convenio Colectivo "prohíbe" que se tomen decisiones de forma unilateral

Los nuevos cuadros horarios de los trabajadores municipales no se pueden aplicar por Ley

Los sindicatos mayoritarios han informado a los trabajadores sobre las dudas que muestran sobre los últimos correos enviados por la Delegación de Recursos Humanos al personal municipal, en los cuales se les ha informado de la aprobación de nuevos cuadros horarios en una Junta de Gobierno Local, extraordinaria y urgente, celebrada el pasado viernes día 7 por la tarde.

Ayuntamiento de Jerez - concentración trabajadores 1

Los sindicatos mayoritarios del Ayuntamiento informan que los cuadros horarios, junto con el calendario laboral, forman parte del Acuerdo - Convenio, y por lo tanto su modificación debe ser negociada, no pudiendo aprobarse de forma unilateral como se ha hecho. Esto no solo lo contempla el art. 6 del Acuerdo – Convenio, también se indica en el art. 37, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Estatuto de los Trabajadores y la normativa sobre jornadas de trabajo establecen la obligación por parte del Ayuntamiento de solicitar informe previo sobre los nuevos cuadros horarios al Comité de Empresa. Este informe es preceptivo y previo a la adopción de los acuerdos. Desde SIP, CGT y CSIF informan que nada de esto se ha producido. Debe recordarse que conforme establece nuestro Acuerdo-Convenio la elaboración del calendario laboral incluye el horario de trabajo. El Tribunal Supremo ha considerado que el incumplimiento de cualquiera de esas dos exigencias determina la nulidad de calendario laboral y cuadros horarios unilateralmente aprobados.

Añaden, que tanto el calendario laboral como los cuadros horarios que se apliquen, deben quedar expuestos a la vista de los trabajadores, es decir, los cuadros horarios no son de aplicación sino se han publicado previamente.

En la actualidad, informan que ni los sindicatos conocen con certeza que ha aprobado el gobierno y que nada aparece en su “Portal de Transparencia”, añadiendo que "el ocultismo es absoluto, por lo que ya se ha pedido, vista y copia del expediente de aprobación". Temen que llegará el 1 de noviembre y seguiremos sin conocer el contenido del expediente. En base a estos tres puntos esenciales, los cuadros horarios que se han aprobado son de dudosa aplicación.

Los sindicatos lamentan que se trata de un procedimiento ilegal llevado a cabo por el gobierno municipal, y declaran que se disponen a tomar medidas, denunciando ante los organismos competentes y ante el juzgado, en cuanto faciliten la información del expediente de aprobación en Junta de Gobierno Local como han solicitado. En todo este procedimiento ilegal, SIP, CGT y CSIF, se encuentran especialmente preocupados por todos los compañeros que "se están viendo involucrados muy a su pesar en estas prácticas ya no irregulares, ilegales, puesto que incumplen la ley".

No desean "que ni los técnicos firmantes de los informes, ni los jefes y directores que se usan de meros correos, obligándoles a ejercer funciones que no les corresponden, se vean inmersos en los procedimientos judiciales que se van a producir como consecuencia de las decisiones que adoptan unos políticos cómodamente instalados en el riego cero”.

El Convenio Colectivo "prohíbe" que se tomen decisiones de forma unilateral