jueves. 28.03.2024
Fachada del CEIP La Ina.
Fachada del CEIP La Ina.

"La Junta podría estar incurriendo en una ilegalidad"

Esto es lo que reza el comunicado de la Delegación de Alcaldía de La Ina en relación a los problemas de transporte que viven alumnos de colegios de la zona rural de Jerez

Fachada del CEIP La Ina. Fachada del CEIP La Ina.

La Delegación de Alcaldía de La Ina ha presentado un comunicado donde señala que la Junta de Andalucía "podría estar incurriendo en una ilegalidad" ya que "la instrucción es contraria al Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato", cita el escrito.

Escritos padres La Ina 2

A continuación, adjuntamos el comunicado íntegro:

Desde esta Delegación de Alcaldía queremos aclarar, en relación a los problemas de transporte con el alumnado que cambian de etapa, es decir, los alumnos que pasan de sexto de primaria a primero de ESO en el CEIP La Ina y demás centros SemiD de la zona rural, a los cuales se les ha negado el transporte al centro al que pertenecían lo siguiente:

- Que en ningún momento se ha hecho alusión a medidas “excepcionales y extraordinarias de la alumna” como ha difundido la Delegación Territorial de Educación de la Junta de Andalucía y la Alcaldesa de Jerez, Mamen Sánchez, y pedimos que dejen de usar esos términos. La única situación extraordinaria y excepcional con la que cuenta la alumna es el agravio comparativo que se produce al estar en la misma clase con compañeros y vecinos de barriada que sí tienen derecho al transporte y ella no.

- Conocemos perfectamente que el problema con el transporte es de la Junta de Andalucía, y es en todo momento a ella a la que nos hemos dirigido siempre, si nos hemos dirigido al Ayuntamiento de Jerez es en busca de apoyo y entendimiento como administración de los vecinos de Jerez, ellos son nuestros representantes y en cierta medida les corresponde velar también por los servicios de sus ciudadanos aunque no sean de su competencia.

- En cuanto al documento de renuncia al que ha hecho alusión la Alcaldesa de Jerez, informada por el Delegado Provincial de Educación tal y como ella ha señalado, no es cierto que del contenido se desprenda una renuncia expresa del derecho al transporte, puesto que solo es una comunicación que los padres afectados firmaron por cortesía y respeto con la dirección del centro pero que podían haber negado la firma sin más responsabilidad. La comunicación es simplemente informativa, no renuncia a ningún derecho ni implica aceptar las condiciones ni estar de acuerdo con la medida. (adjuntamos documento)

- Por otro lado, esta comunidad educativa no tiene conocimiento de haberse solucionado el problema, como sí ha ocurrido en Cuartillos que al parecer se ha hecho uso del transporte con normalidad, no sabemos si incurriendo en alguna ilegalidad por parte de la junta o en algún cambio de instrucción; cambio del que no tenemos constancia en La Ina. De ser así en Cuartillos no entendemos cómo nos exigen unas circunstancias extraordinarias y excepcionales en La Ina y allí lo han solucionado sin darse estas.

El problema del transporte en el CEIP La Ina persiste, puesto que los alumnos no han podido hacer uso del transporte como en otras zonas de Jerez Rural, por lo que el agravio comparativo se acrecienta ya no solo con sus compañeros de clase y barriada, sino con el resto de alumnos en su misma situación en otros centros de la zona rural, máxime cuando ahora ese cambio de instrucción autorizando el uso del transporte afecta a alumnos que inician la nueva etapa de ESO en el SemiD.

- Exigimos una rectificación por parte de la Junta de Andalucía en las instrucción sobre la adscripción de centros ya que las actuales contradicen la normativa vigente.

Existe numerosa materia normativa con medidas de fomento que introducen mecanismos de corrección para evitar la desigualdad en el medio rural, como la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural y la Ley de Solidaridad en la Educación, pero concretamente la instrucción es contraria al Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato; Por lo que podría estar incurriendo en una ilegalidad.

Dicho decreto, establece en su artículo 6 sobre adscripción de centros docentes, en el apartado 1 que “con objeto de favorecer una adecuada transición del alumnado entre las distintas etapas educativas y facilitar la continuidad de su proceso educativo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 44.1, 54.1 y 61.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, la Consejería competente en materia de educación podrá establecer, en el marco de la programación de la red de centros, la adscripción entre distintos centros docentes, atendiendo a criterios de proximidad, enseñanzas impartidas y unidades autorizadas”. Por otro lado, unido al anterior, señala en el apartado 2 del mismo artículo 6 que “los centros docentes públicos adscritos a otros centros docentes públicos, que impartan etapas diferentes, se considerarán centros docentes únicos a efectos de la aplicación de los criterios de admisión del alumnado establecidos en el presente Decreto”.

Quiere decir, unido el apartado segundo con el primero que no podrán realizar la adscripción a un centro de Jerez en sexto primaria, teniendo que esperar a segundo de la ESO que es cuando finalizan las diferentes etapas que imparte el centro. Además, claramente está atentando contra los criterios de “proximidad, enseñanzas impartidas y unidades autorizadas”, puesto que les van a exigir realizar 30 kilómetros más diarios cuando puede hacer menos de cinco en un centro que cuenta con las enseñanzas y unidades autorizadas como desprende el decreto.

Por otra parte, el artículo 7 de ese mismo decreto sobre elección de centro docente, acceso y continuidad en el mismo, señala en el punto tres que “una vez admitido un alumno o alumna en un centro docente público o privado concertado, queda garantizada su permanencia en el mismo hasta la finalización de las enseñanzas sostenidas con fondos públicos que el centro docente esté autorizado a impartir”, apartado contra el que también se atenta puesto que no se le está garantizando la continuidad al negarle el transporte escolar.

"La Junta podría estar incurriendo en una ilegalidad"