sábado. 20.04.2024
Torreta de electricidad en zona rural.
Torreta de electricidad en zona rural.

FACUA logra que las comercializadoras de electricidad re-facturen recibos en Cuartillos

Durante el año 2014, Endesa no tomó lecturas reales de los contadores, lo que originó unos importes desorbitados a pagar

Torreta de electricidad en zona rural. Torreta de electricidad en zona rural.

El pasado mes de febrero, FACUA Cádiz denunció a Endesa ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía tras constatar que esta empresa, que tiene encomendada la distribución del servicio eléctrico en el municipio de Jerez de la Fra. (Cádiz), había incumplido la obligación de realizar lecturas de los contadores cada dos meses el pasado año 2014 en la barriada rural jerezana de Cuartillos.

Como consecuencia de ello, en las facturas emitidas a finales de dicho año o principios del 2015, tras efectuar la lectura de los contadores, las distintas comercializadoras de electricidad incluían todo el consumo no incluido en las emitidas anteriormente, originando, de esta forma, un incremento desorbitado en el importe a abonar, lo que provocaba que la mayoría de los usuarios no dispusieran de recurso económicos suficientes para hacer frente a estas facturas.

Ante el problema, FACUA Cádiz se reunió con los vecinos de la Barriada de Cuartillos a los que recomendó que no abonaran dichas facturas y que interpusieran reclamaciones a las comercializadoras exigiendo el prorrateo del pago.

En su resolución a la denuncia interpuesta por la Asociación, la Consejería obliga a Endesa Distribución a contactar con las distintas empresas comercializadoras para que éstas procedan a la anulación de las facturas, y a la emisión de otras nuevas prorrateando la cantidad a abonar por consumo en tantos plazos como meses se haya producido la falta de lectura de los contadores.

A su vez, la administración autonómica se reserva el derecho a iniciar un procedimiento sancionador contra la empresa por incumplimiento del Real Decreto 1718/2012 de 28 de diciembre, por el que se determina el procedimiento para realizar la lectura y facturación de los suministros de energía en baja tensión con potencia contratada no superior a 15 kW.

El artículo 2 de dicha norma impone a las empresas distribuidoras la obligación de efectuar lecturas de la energía con una periodicidad bimestral, en el caso de usuarios que se encuentran acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), obligación que hace extensiva a aquellos usuarios de mercado libre en cuyos contratos no se dispense de la misma a la empresa comercializadora.

FACUA Cádiz logra que las comercializadoras de electricidad re-facturen recibos en...